¡OPACIDAD EN TRANSPARENCIA!

*Erik Borges Yam ha demostrado ser opaco al negarse a responder los cuestionamientos que le hacen los ciudadanos a través de sus solicitudes, que de 18 solicitudes presentadas ha hecho caso omiso

*Sol Quintana Roo ha insistido al presidente y al municipio que informe a los morelenses sobre el actuar de sus autoridades en la presente administración, pero ellos se han negado totalmente

*Las autoridades morelenses se pasan por el arco del triunfo las leyes de transparencia y pese a que claramente dice que las contestaciones no deben de exceder 10 días, a ellos les vale

Redacción/Sol Quintana Roo

José María Morelos.- El presidente Erick Borges Yam ha demostrado ser opaco no sólo con la gente y su actuar, sino también con las leyes al negarse a responder los cuestionamientos que le hacen los ciudadanos a través de las solicitudes presentadas ante su dirección de Transparencia y que hasta el momento suman 18 solicitudes, de las cuales ha hecho caso omiso desde hace 4 meses.

Sol Quintana Roo ha insistido, sin descanso, al Presidente y al municipio que informe a los morelenses sobre el actuar de sus autoridades y del trabajo que él mismo realiza, pero ellos se han negado totalmente.

Las autoridades morelenses se pasan por el arco del triunfo las leyes de transparencia y pese a que claramente dice que las contestaciones no deben de exceder 10 días, a ellos les vale.

Es decir, de nueva cuenta Erick Borges Yam demuestra ser opaco al negarse a responder los cuestionamientos que le hacen los ciudadanos a través de sus solicitudes, de 18 solicitudes presentadas desde el 28 de septiembre, fecha en que se presentó la primera solicitud y que ninguna ha sido respondida.

Mediante las citadas solicitudes Sol Quintana Roo ha insistido al municipio para que informe a los morelenses sobre el actuar de sus autoridades en la presente administración, lo anterior ante la falta de claridad que ha tenido durante su cargo Erik Borges Yam, como presidente municipal.

Entre la información solicitada se encuentra las siguientes solicitudes:

Solicitud de información con número de folio 231287900000923,
1.- En ejercicio de mi derecho de acceso a la información, solicito información sobre, ¿Cuál es el Presupuesto de Egresos del municipio de José María Morelos para el Ejercicio Fiscal de 2023? ¿Cual son las Asignaciones por Programas y Proyectos de Inversión?

Solicitud de información con número de folio 231287900000223
2.- Solicito me proporcione el título de contratos con número que identifique al contrato, así como sus anexos, copia simple del contrato, que justifica la prestación de servicios del H. Ayuntamiento de José María Morelos en los cuatro trimestres del año 2022.

Solicitud de información con número de folio 231287900010722,
3.- Solicitó las Actas de apertura de las Licitaciones del Ayuntamiento de José María Morelos del año 2022, en los periodos comprendidos de enero a marzo, abril a junio y julio a septiembre, es decir primer, segundo y tercer trimestre.

Solicitud de información con número de folio 231287900010222,
4.- Solicito información sobre la distribución de los recursos correspondientes al Ramo 33 (FISMDF+ FORTAMUN) 2022 fondo de aportaciones para la infraestructura social municipal y las demarcaciones territoriales del distrito federal para el H. Ayuntamiento de José María Morelos”

Solicitud de información con número de folio 231287900010122
5.- Solicito información de manera digital sobre los contratos de procedimiento de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, que se llevaron a cabo durante el periodo del 2do trimestre del 2022.

Ante los legítimos cuestionamientos de esta casa editorial, el ayuntamiento prefiere NO CONTESTAR, EVADIR, Y ALARGAR EL PLAZO DE RESPUESTA, misma que se ha prorrogado hasta cinco veces, incumpliendo con la Ley de acceso a la información pública a la que están sujetos todos los municipios y dependencias gubernamentales.

Conforme a lo que establece en el artículo 154 de Ley federal de transparencia y acceso a la información pública para el estado de Quintana Roo, que a su letra dice:

“La respuesta a la solicitud deberá ser notificada al interesado en el menor tiempo posible, que no podrá exceder de diez días, contados a partir del día siguiente a la presentación de aquélla.

Excepcionalmente, el plazo referido en el párrafo anterior podrá ampliarse hasta por diez días más, siempre y cuando existan razones fundadas y motivadas, las cuales deberán ser aprobadas por el Comité de Transparencia, mediante la emisión de una resolución que deberá notificarse al solicitante, antes de su vencimiento.

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