LA MATAVIEJITAS: CONDENADA A 759 AÑOS DE PRISIÓN
*Si José Joel González hubiera llegado dos minutos tarde a su domicilio, los asesinos de Ana María Reyes, de 82 años de edad, hubieran escapado tranquilamente
Corresponsalías Nacionales/Grupo Sol Corporativo
(Sexta de siete partes)
Ciudad de México.- La verdad es que si José Joel González hubiera llegado dos minutos tarde a su domicilio, los asesinos de Ana María Reyes, de 82 años de edad, hubieran escapado tranquilamente, quizá en el taxi del sospechoso, tal vez en un convoy del Metro…
Una vez eliminada la sospecha de los demás asesinos que con Juana Barraza se dedicaban a extorsionar y a matar gente, un juez decidió “cumplir con su deber” y sentenció a “La Dama del Silencio” a 759 años y 17 días de prisión, por 17 crímenes y 12 robos.
Inesperadamente, quizá molesto por lo que consideraba encubrimiento de las autoridades, el licenciado Pedro Borda Hartmann, titular del INSEN, ahora INAPAM, rompió el silencio oficial para asegurar públicamente “que no solo mujeres fueron sacrificadas, también hombres y que no eran tan pocos homicidios, pues se tenían registrados más de 80”.
Como no queriendo, se dio a conocer que en la institución dirigida por Borda Harmann “se sabía que muchísimas tarjetas verdes habían sido vendidas a personas que no tenían la edad requerida para obtenerlas legalmente”.
Por coincidencia, en prisión se encontraron la llamada “Madrina”—Sara María Aldrete, a quien los medios de información “bautizaron” como «La Narcosatánica»—y Juana Barraza, “La Dama del Silencio”.
La primera trató con dignidad a la “Mataviejitas” y le enseñó a leer y escribir, mientras ambas lamentaban sus incomprensibles sentencias: 647 años de cautiverio para Sara, 759 años y 17 días para Juana.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos informó que Inés del Río Prada en España, condenada a la pena total de 3,828 años de prisión por 24 asesinatos, bajo el Código Penal de 1973 vigente en el momento de la comisión de los hechos y que consideraba un tiempo máximo de cumplimiento de la condena de 30 años… Al ser aplicada la jurisprudencia en perjuicio de la demandante, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró que se habían vulnerado los artículos 7 (no hay pena sin ley), y 5 (derecho a la libertad y seguridad), del Convenio Europeo de Derechos Humanos, resolviendo definitivamente a favor de la demandante, según comunicado de prensa del 21 de octubre de 2013).
En cuanto comenzaron los comentarios amargos contra la “prisión vitalicia” se dijo que en nuestro país, al 19 de junio de 2007, no hace muchos años, Allan Nelson Lozada Garay había acumulado una condena por 907 años y medio de prisión a lo largo del juicio que enfrentaba por fraude genérico, Lozada era socio de Publi XIII, según Icela Lagunas, del diario El Universal.
Como por arte de magia, las sentencias de 647 años para Sara Aldrete y 759 años y 17 días para Juana Barraza, fueron reducidas a 50 años de cautiverio que de todas maneras parecían “inconstitucionales por inhumanos, crueles, infamantes y excesivos”.